Ventajas del Contrato de Formación en Alternancia
EL CONTRATO CON MÁS VENTAJAS PARA LAS EMPRESAS Y LOS TRABAJADORES
En 2022, los contratos Formación en Alternancia resultan ser los contratos más beneficiosos para empresas y trabajadores. Permite a las empresas adquirir nuevos talentos, capacitarlos de acuerdo con sus necesidades y posibilitar que los trabajadores ingresen a un mercado laboral cada vez más competitivo.
- Actualmente la ley establece que la formación del contrato de formación en alternancia se imparta en modalidad presencial o teleformación, pudiendo alternar el aprendizaje de las competencias necesarias para desempeñar un oficio con el trabajo práctico y efectivo en el puesto de trabajo de la empresa.
High Level Education está autorizado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir, en la modalidad de teleformación, especialidades formativas incluidas en el catálogo nacional de ocupaciones, y certificados de profesionalidad.
MÁS VENTAJAS DEL CONTRATO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA
- Coste 0 en Seguridad Social. Si se cumplen los requisitos establecidos en la Ley. Único tipo de contrato con coste 0 en Seguros Sociales. Las empresas tienen derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores).
- Formación 100% bonificada. Formación teórica bonificada al 100%.
- Bonificación adicional por tutorización. La empresa se beneficiará de una bonificación adicional mensual, en concepto de tutorización de entre 1,5 y 2 euros la hora, según la plantilla de la empresa y hasta un máximo de 40 horas mensuales*.
Plantilla de empresa (nº trabajadores) | Máx. horas financiables | Financiación | TOTAL |
Menos de 5 | 40h | 2€/h | 80€ |
5 o más | 40h | 1.5€/h | 60€ |
*Ref. BOE-A-2014-317
- Formación. La formación que recibe el trabajador es la vinculada a la ocupación desempeñada en la empresa.
- Trabajadores de 16 a 30 años. Se puede contratar a jóvenes mayores de 16 años y menores de 30. No existe límite de edad para personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, ni para aquellos cuya formación sea conducente a un certificado de profesionalidad de nivel 3.
- Sin límite de contratos. No existe límite en el número de contratos por empresa.
- Prestación por desempleo. El trabajador percibe prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social.
- Bonificación por transformación a indefinido. Si se transforma el contrato a indefinido la empresa podrá bonificarse 1.500€ durante 3 años y 1.800€ si se trata de una mujer. (Ref. BOE-A-2012-9110)
MÁS VENTAJAS ADICIONALES
Para el autónomo
El autónomo podrá contratar a sus hijos. También a un familiar que no esté a su cargo, beneficiándose de las bonificaciones a la Seguridad Social en ambos casos.
Sin exigencia del mantenimiento de plantilla.
El contrato de formación en alternancia no exige el mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación.
No exige la devolución de las cantidades aplicadas.
En caso de despido, este tipo de contrato no exige la devolución de los beneficios aplicados en la Seguridad Social ni de la bonificación por formación. Siempre que el empresario haya respetado las obligaciones del contrato