Bonificación del Contrato de Formación en Alternancia

BONIFICACIÓN DEL CONTRATO DE FORMACIÓN (TELEFORMACIÓN)

El contrato ofrece un beneficio doble. Por un lado, cada mes la empresa podrá bonificarse el coste de la formación que recibe el trabajador, y por otro podrá reducir sus cuotas a la Seguridad Social hasta en un 100%.

En el nuevo escenario que se abre para el contrato, se mantienen las bonificaciones para sufragar los costes de la tutorización en la empresa*

*El centro de formación le enviará la bonificación por formación mensualmente.
 El centro de formación le facilitará la bonificación por tutorización haciendo clic AQUÍ.

Cotización de contratos para la formación en alternancia 2022

Concepto Empresa Trabajador TOTAL
Contingencias Comunes 47,28 € 9,43 € 56,71 €
Contingencias Profesionales IT 3,64 € 3,64 €
Contingencias Profesionales IMS 2,87 € 2,87 €
Fondo de Garantía Salarial 3,59 € 3,59 €
Desempleo 64,16 € 18,08 € 82,24 €
TOTAL MENSUAL 121,54 € 27,51 € 149,05 €

Base mínima diaria: 38,89 €.
Base de cotización mensual: 1.166,70 €.

Bonificación por tutorización
Plantilla de empresa
(nº trabajadores)
Máx. horas financiablesFinanciaciónTOTAL
Menos de 540h2€/h80€
5 o más40h1.5€/h60€

*Ref. BOE-A-2014-317

¿CÓMO SE APLICAN LAS BONIFICACIONES?

El contrato de formación en alternancia se tramita a través del modelo 421. Si la empresa tiene derecho a bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social deberán cumplimentarse las cláusulas específicas según la plantilla y el tipo de reducción aplicable.

Al dar de alta el contrato

Al dar de alta el contrato en el Sistema RED o a través de Contrat@ tendrá que especificarse la condición de desempleado de la persona contratada.

Mensualmente

Por otra parte, para consignar las bonificaciones mensuales por cada trabajador tendrá que especificarse que se accede a Bonificación / Reducción en el sistema que se utilice para las nóminas, aplicándose en cada caso el porcentaje correspondiente según la empresa tenga menos de 250 trabajadores (100% de bonificación) o más (75%).

La bonificación para financiar la tutorización en la empresa también se efectuará mensualmente, indicando el número de horas a bonificar (hasta un máximo de 40) y el importe total (entre 60 y 80 euros máximo, según el tamaño de la empresa).

En el Sistema de Liquidación Directa la empresa deberá comunicar esta bonificación en el fichero de Bases, dentro del nodo DatosTramo (código 06 para las horas, con el número de horas de tutoría realizadas y código 737 para indicar el concepto de la bonificación con el importe correspondiente)***.

 

*** Información extraída del Boletín RED 04/2015.